“Ver el mundo en blanco y negro nos aleja de la moderación y de la paz interior porque la vida, por donde se mira, está compuesta de matices.

Querer imponer al universo nuestra primitiva mentalidad binaria no deja de ser un acto de arrogancia y estupidez.”

Walter Riso.

viernes, 22 de abril de 2011

EPISCOPADO REITERA SU NEGATIVA A ADOPCIÓN DE MENORES POR PAREJAS DEL MISMO SEXO.

El Presidente de la Conferencia Episcopal de Colombia (CEC), Monseñor Rubén Salazar Gómez, reiteró en un mensaje la negativa del Episcopado respecto a la adopción de menores por parte de parejas conformadas por personas del mismo sexo.

En un mensaje dirigido “a los fieles católicos y ciudadanos de buena voluntad”, con motivo de celebrarse el Domingo de Ramos este 17 de abril, Mons. Salazar Gómez recuerda cuatro de los aspectos que debe tener en cuenta la Corte Constitucional, al proferir en las semanas próximas una sentencia sobre la posible adopción de menores por parejas del mismo sexo.

El Presidente del Episcopado insiste en que la Iglesia en Colombia “está profundamente interesada en que sean reconocidos y eficazmente tutelados los legítimos derechos de todos los ciudadanos, sin discriminación alguna. Creemos en una sociedad abierta e incluyente y condenamos por ello todo eventual acto de maltrato social o de violencia contra las personas homosexuales o pertenecientes a otras minorías. Con amor de madre, la Iglesia acoge a todos los hombres y mujeres, sea cual sea su condición. Sabemos bien que, con independencia de la orientación sexual e incluso del comportamiento sexual de cada uno, toda persona tiene la misma identidad fundamental: el ser creatura y, por gracia, hijo o hija de Dios.

Es precisamente por amor y respeto a esta gran dignidad que corresponde a todo hombre y mujer, homosexual o no, y que exige de la Iglesia, del Estado y de la sociedad, sinceridad y franqueza, que los católicos nos oponemos a que los menores de edad puedan ser confiados en adopción a parejas conformadas por personas del mismo sexo y rechazamos una eventual decisión de la Corte Constitucional en este sentido”, afirma el mensaje.

Reitera cuatro razones para sustentar esta postura:

- La naturaleza misma de la familia, “célula esencial y columna de la sociedad, que se funda en el amor y el compromiso existentes entre un hombre y una mujer. Este es el principio que, con total evidencia, fue acogido en el artículo 42 de la Constitución Nacional. No hay lugar a equívocos: nuestros menores tienen derecho a nacer, educarse y crecer en el seno de una familia conformada por un padre y una madre, de sexos biológicamente diferentes y complementarios”.

- La naturaleza jurídica de la adopción que es, “principalmente y por excelencia, según el derecho internacional y nuestra legislación interna, una medida de protección (art. 61, Código de la Infancia). La adopción no es un “derecho” de los adoptantes, sean estos homosexuales o no, sino una medida en beneficio del menor. Plantear la cuestión de la adopción como un "problema de discriminación" de las parejas homosexuales supone, incluso de modo inconsciente, hacer pasar, por encima del interés del menor, verdadera finalidad de la adopción, las aspiraciones, reivindicaciones y deseos de quienes pretenden adoptar”.

- El respeto que el Estado Social de Derecho debe tener por los valores éticos y sociales de la mayoría de sus ciudadanos.“Para tomar una decisión tan importante como la que atañe actualmente a la Corte Constitucional es necesario tener en cuenta que la inmensa mayoría de los colombianos se han manifestado contrarios a la adopción de menores por parte de parejas del mismo sexo”.

- La prudencia: “pese a cuanto algunos afirman, sí existen serios estudios avalados por la comunidad científica, que ponen en evidencia dudas y reservas sobre la idoneidad de las parejas homosexuales para brindar a los menores de edad un óptimo espacio de desarrollo psicoafectivo y de integración social. Tales estudios deben ser tenidos en cuenta a la hora de tomar una decisión que podría afectar el bienestar de nuestros menores”.

http://www.cec.org.co/?apc=I1-%3B%3B%3B-&x=34560

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